Todos los pacientes tienen derecho a un trato digno

Por Gabriela Trujillo V. // Consultor jurídico

Usted como usuario de un servicio de salud, sea cual sea, tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo el transcurso que dura su atención de salud y ante cualquier circunstancia. Un funcionario o prestador de salud no puede, bajo ninguna circunstancia, gritarle, insultarle o negarse a explicar la información que usted requiere.

El prestador de salud, ya sea médico, enfermera, asistente o funcionario del área salud, debe siempre mantener un lenguaje adecuado y entendible. Además, usted debe ser llamado por su nombre, nadie puede tener un trato déspota o impropio con el usuario.

¿Qué pasa con los discapacitados y los extranjeros?

El prestador de salud debe disponer de un funcionario que pueda brindarles información a las personas con algún tipo de dificultad y aquellas que no entiendan nuestro idioma. El usuario tiene derecho a ser acompañado de un tercero de su confianza que cumpla la misma función.

¿El prestador de salud puede dar a conocer información de mi atención de salud a terceros ajenos?

NO. Todo el proceso de atención de salud está resguardado y es confidencial. Sólo usted o una persona autorizada por usted puede solicitar información de su atención de salud. El usuario de salud tiene derecho a que se proteja y respete su vida privada y su honra, por lo tanto, el prestador de salud está obligado a guardar secreto de toda la atención del paciente.

Excepcionalmente los tribunales de justicia vía resolución judicial pueden solicitar información al prestador de salud, pero sólo en caso de existir un proceso ante los tribunales que justifique la entrega de dicha información.

¿Qué sucede si un periodista divulga información de un paciente? ¿Puede un tercero utilizar información de mi persona o mi imagen para fines publicitarios?

NO. El prestador de salud tiene el deber de resguardar al usuario frente a terceros que vulneren su privacidad. Nadie puede grabarlo, fotografiarlo o hacer cualquier tipo de filmación del usuario mientras está siendo atendido. No importa la finalidad ni intención del tercero, no tiene derecho a hacerlo ni aún con fines periodísticos. Sólo el usuario de salud puede autorizar a ser grabado, fotografiado o filmado, o bien, a que se divulgue información respecto a su salud. El consentimiento debe ser expreso y otorgado de forma escrita, ya sea por el paciente o su representante legal.